Ley de extradición en los Estados Unidos

Más información: Lista de tratados de extradición de los Estados Unidos

Estados Unidos (que se muestra en violeta) tiene tratados de extradición con los países que se muestran en azul

Estados Unidos tiene tratados de extradición con más de 100 países. La mayoría de ellos son tratados de doble criminalidad (extradición por acciones consideradas delitos en ambos países), y el resto son tratados de lista (extradición por una lista específica de delitos).

Estados Unidos mantiene relaciones diplomáticas pero no tener tratados de extradición con los siguientes países:

  • Afganistán
  • Argelia
  • Andorra
  • Angola
  • Armenia
  • Azerbaiyán
  • Bahréin
  • Bangladesh
  • Bielorrusia
  • Benin
  • Botswana
  • Brunei
  • Burkina Faso
  • Burundi
  • Camboya
  • Camerún
  • Cabo Verde
  • República Centroafricana
  • Chad
  • China (excepto Hong Kong)
  • Comoras
  • República Democrática del Congo
  • Djibouti
  • Timor Oriental
  • Guinea Ecuatorial
  • Eritrea
  • Etiopía
  • Gabón
  • Georgia
  • Guinea
  • Guinea-Bissau
  • Indonesia
  • Costa de Marfil
  • Kazajstán
  • Kuwait
  • Kirguistán
  • Laos
  • Líbano
  • Libia
  • Madagascar
  • Maldivas
  • Mali
  • Mauritania
  • Moldavia
  • Mongolia
  • Marruecos
  • Mozambique
  • Namibia
  • Nepal
  • Níger
  • Omán
  • Qatar
  • Rusia
  • Ruanda
  • Samoa
  • Santo Tomé y Príncipe
  • Arabia Saudita
  • Senegal
  • Islas Salomón
  • Somalia
  • Sudán del Sur
  • Sudán
  • Taiwán ( vínculos no oficiales a través de una oficina comercial, no una embajada)
  • Tayikistán
  • Togo
  • Túnez
  • Turkmenistán
  • Uganda
  • Ucrania
  • Emiratos Árabes Unidos
  • Uzbekistán
  • Vanuatu
  • Ciudad del Vaticano
  • Vietnam
  • Yemen

T Estados Unidos no tiene relaciones diplomáticas ni tratados de extradición con los siguientes países:

  • Bután
  • Irán (relaciones rotas en 1980)
  • Corea del Norte
  • Siria (relaciones suspendidas en 2012)

Estados Unidos no reconoce las siguientes entidades políticas como estados soberanos y no tiene tratados de extradición con ellos:

  • Abjasia
  • Artsakh
  • República Popular de Donetsk
  • República Popular de Lugansk
  • Norte de Chipre
  • Palestina
  • Somalilandia
  • Osetia del Sur
  • Taiwán
  • Transnistria
  • Sahara Occidental

Extradición de Estados Unidos atesEdit

Generalmente bajo la ley de los Estados Unidos (18 U.S.C. § 3184), la extradición sólo puede concederse de conformidad con un tratado. Algunos países otorgan la extradición sin un tratado, pero cada uno de esos países requiere una oferta de reciprocidad cuando se concede la extradición en ausencia de un tratado. Además, las enmiendas de 1996 a 18 U.S.C. 3181 y 3184 permiten a los Estados Unidos extraditar, sin tener en cuenta la existencia de un tratado, a personas (que no sean ciudadanos, nacionales o residentes permanentes de los Estados Unidos) que hayan cometido delitos de violencia contra nacionales de los Estados Unidos en países extranjeros.

Todos los tratados de extradición en vigor requieren que las solicitudes de extradición extranjeras se presenten a través de canales diplomáticos, generalmente desde la embajada del país en Washington al Departamento de Estado. Muchos tratados también requieren que se presenten las solicitudes de arresto provisional a través de canales diplomáticos, aunque algunos permiten que las solicitudes de arresto provisional se envíen directamente al Departamento de Justicia. El Departamento de Estado examina las solicitudes de extradición extranjera para identificar posibles problemas de política exterior y para asegurarse de que haya un tratado en vigor entre los Estados Unidos el país que hace la solicitud, que el delito o los delitos son extraditables y que los documentos de respaldo son p debidamente certificado de acuerdo con 18 U.S.C. § 3190.Si la solicitud está en orden, un abogado de la Oficina del Asesor Jurídico del Departamento de Estado prepara un certificado que acredite la existencia del tratado, que el delito o los delitos son extraditables y que los documentos de respaldo están debidamente certificados en de conformidad con 18 USC § 3190, y la remite con la solicitud original a la Oficina de Asuntos Internacionales del Departamento de Justicia («OIA»).

Una vez que la OIA recibe una solicitud de extradición extranjera, la revisa para suficiencia y envía solicitudes suficientes a la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos para el distrito judicial en el que se encuentra el fugitivo. La oficina del Fiscal de los Estados Unidos obtiene una orden judicial, y el fugitivo es arrestado y llevado ante el juez de instrucción o los Estados Unidos. juez de distrito. El gobierno se opone a la fianza en casos de extradición. A menos que el fugitivo renuncie a su derecho a una audiencia, el tribunal celebrará una audiencia de conformidad con 18 U.S.C. § 3184 para determinar si el fugitivo es extraditable. Si el tribunal determina que el fugitivo es extraditable, ingresa una orden de extradición y certifica el expediente al Secretario de Estado, quien decide si entrega al fugitivo al gobierno solicitante. La OIA notifica al gobierno extranjero y gestiona el traslado del fugitivo a los agentes designados por el país solicitante para recibirlo. Aunque la orden que sigue a la audiencia de extradición no es apelable (ni por el fugitivo ni por el gobierno), el fugitivo puede solicitar un recurso de hábeas corpus tan pronto como se emita la orden. La decisión del tribunal de distrito sobre el auto está sujeta a apelación, y la extradición puede suspenderse si el tribunal así lo ordena.

Habeas corpus en extradición internacionalEditar

El habeas corpus es un procedimiento legal procedimiento iniciado por un particular para comprobar la legalidad de su detención por parte del gobierno. Para beneficiarse del hábeas corpus, el afectado, o alguien en su nombre, debe presentar una petición de reparación ante un tribunal competente. El procedimiento se encuentra en 28 USC § 2241 et. Seq. Cuando la petición de hábeas impugna la decisión de un magistrado de extradición, la persona debe argumentar que su detención y entrega a un país extranjero viola la Constitución de los Estados Unidos, el tratado de extradición aplicable o un estatuto federal.

Debido a que las órdenes de extradición no pueden ser apeladas, el único medio para que una persona las revise es presentar una solicitud de hábeas corpus. El gobierno, por otro lado, puede renovar su solicitud si el original uno es denegado. La revisión de hábeas corpus por parte de un tribunal de distrito generalmente está disponible siempre que una persona «está bajo custodia en violación de la Constitución o las leyes o tratados de los Estados Unidos», y se prevé para varios tipos diferentes de detención además de la extradición, como la detención después una condena penal y con fines militares. Como parte de su revisión de hábeas, el tribunal normalmente aceptará las conclusiones fácticas del magistrado de extradición, mientras que las cuestiones legales se consideran de nuevo.

El alcance de la revisión de un recurso de hábeas corpus en extradición está destinado a ser limitado. Se resuelve para cubrir al menos consultas sobre si:

  1. el magistrado de extradición adquirió jurisdicción sobre la persona y el asunto;
  2. el delito por el cual se solicita la extradición está incluido en el tratado como un delito que da lugar a extradición, y
  3. si existe una causa probable para llevar al relator a juicio.

Sin embargo, muchos tribunales han adoptado un alcance «ampliado» de revisión de hábeas que además considera cuestiones sobre la violación de los derechos constitucionales.

Los peticionarios en casos de extradición pueden impugnar la legalidad de su detención mediante un procedimiento de hábeas alegando, por ejemplo, que el tratado de extradición no se encuentra vigente, que el presunto delito constituye una conducta política sujeta a excepción, que la determinación de extraditabilidad por parte del magistrado no se ha realizado de acuerdo con el requisitos de los estatutos y tratados de los Estados Unidos aplicables, que el procedimiento de extradición no cumple con la Constitución y que el relator no ha sido acusado formalmente.

Aunque la decisión del magistrado de extradición no puede ser apelada, La resolución de hábeas corpus del tribunal de distrito está sujeta a apelación ante el tribunal de circuito correspondiente. A partir de entonces, se puede solicitar una revisión a través de certiorari ante la Corte Suprema.

Extradición a los Estados UnidosEditar

La estructura federal de los Estados Unidos puede plantear problemas particulares con respecto a las extradiciones cuando la policía el poder y el poder de las relaciones exteriores se mantienen en diferentes niveles de la jerarquía federal. Por ejemplo, en los Estados Unidos, la mayoría de los enjuiciamientos penales ocurren a nivel estatal, y la mayoría de las relaciones exteriores ocurren a nivel federal.De hecho, según la Constitución de los Estados Unidos, los países extranjeros pueden no tener relaciones de tratados oficiales con unidades subnacionales como los estados individuales; más bien, pueden tener relaciones de tratado sólo con el gobierno federal. Como resultado, un estado que desee procesar a una persona ubicada en un país extranjero debe dirigir su solicitud de extradición a través del gobierno federal, que negociará la extradición con el país extranjero. Sin embargo, debido a las limitaciones del federalismo, cualquier condición sobre la extradición aceptada por el gobierno federal, como no imponer la pena de muerte, no es vinculante para los estados individuales.

En el caso de Soering v. Reino Unido, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que el Reino Unido no estaba autorizado en virtud de sus obligaciones contractuales a extraditar a una persona a los Estados Unidos, porque el «gobierno federal de los Estados Unidos era constitucionalmente incapaz de ofrecer garantías vinculantes de que la pena de muerte no ser solicitados en los tribunales de Virginia. En última instancia, la propia Commonwealth de Virginia tuvo que ofrecer garantías al gobierno federal, que pasó esas garantías al Reino Unido, que extraditó a la persona a los Estados Unidos.

Problemas adicionales pueden surgir debido a diferentes criterios para los delitos. Por ejemplo, en los Estados Unidos, cruzar las fronteras estatales es un requisito previo para ciertos delitos federales (de lo contrario, los delitos como el asesinato se manejan por los gobiernos estatales, excepto en determinadas circunstancias, como el asesinato de un funcionario federal). Esta cláusula de transporte está ausente de las leyes de muchos países. Los tratados de extradición o la correspondencia diplomática posterior a menudo incluyen un lenguaje que establece que dichos criterios no deben tenerse en cuenta al verificar si el crimen es uno en el país desde el cual debe aplicarse la extradición.

Para aclarar el punto anterior, si una persona en los Estados Unidos cruza las fronteras de los Estados Unidos para ir a otro país, entonces esa persona ha cruzado una frontera federal y se aplicaría la ley federal además de la ley estatal. Cruzar las fronteras estatales (dentro de los EE. UU.) Al cometer un delito también podría crear jurisdicción federal. Además, viajar en avión en los Estados Unidos está sujeto a la ley federal, ya que todos los aeropuertos están sujetos a la jurisdicción federal.

Es ilegal que los ciudadanos estadounidenses entren o salgan de los Estados Unidos sin un pasaporte estadounidense válido. o documento de reemplazo de pasaporte que cumpla con la Iniciativa de Viajes del Hemisferio Occidental, o sin excepción o exención. Se requiere una solicitud para la emisión de un pasaporte. Si un fugitivo extraditado a los Estados Unidos se niega a firmar una solicitud de pasaporte, el funcionario consular puede firmarla «sin recurso».

Los Estados Unidos carecen de tratados de extradición con China, la Federación de Rusia, Namibia, el Emiratos Árabes Unidos, Corea del Norte, Baréin y otros países.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *