Tipos (6)
- Comercial
- Arrendamiento con opción a compra
- Mes a mes
- Compañero de cuarto
- Residencial estándar
- Subarrendamiento
Contrato de arrendamiento comercial: para ser utilizado únicamente con fines comerciales; formado entre los propietarios de negocios y el propietario (o propietario) de un edificio o espacio comercial.
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Contrato de arrendamiento con opción a compra: permite a un inquilino comprar una propiedad alquilada tras la terminación del contrato de arrendamiento, si el inquilino (s) desea hacerlo.
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Contrato de arrendamiento de mes a mes: similar a un arrendamiento estándar, con la excepción de que el contrato se renueva cada treinta (30 ) días, continuando indefinidamente hasta que cualquiera de las partes rescinda el contrato.
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Acuerdo de compañero de cuarto: adecuado para que los compañeros de cuarto (que viven en el mismo lugar de alquiler) tengan sus obligaciones y responsabilidades entre ellos claramente delineadas.
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Contrato de arrendamiento residencial estándar: un contrato de un (1) año que enumera los procesos y procedimientos estándar para el alquiler de propiedades en CA. El formulario de arrendamiento más utilizado.
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Acuerdo de subarrendamiento: un formulario que permite a los inquilinos presentar uno (1) o más inquilinos nuevos ( s) en su propiedad, asumiendo los pagos del arrendamiento para que el inquilino original pueda desalojar el alquiler. Se debe obtener el permiso del propietario antes de usar el formulario.
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Addendums (9)
- Agregar. 1 – COCHE (general)
- Agregar. 2 – Renovar / extender arrendamiento
- Agregar. 3 – Chinches
- Agregar. 4 – Molde
- Agregar. 5 – Compañeros de cuarto (general)
- Agregar. 6 – Agregar compañeros de cuarto
- Agregar. 7 – Antena parabólica
- Agregar. 8 – No fumar
- Agregar. 9 – Detectores de humo
Anexo 1 – CAR (Anexo general)
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Anexo 2: Renovar o extender el arrendamiento
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Anexo 3 – Chinches
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Anexo 4 – Moho
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Anexo 5 – Compañeros de habitación (general)
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Anexo 6 – Agregar compañeros de cuarto
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Anexo 7 – Antena parabólica
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Anexo 8 – No fumar
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Anexo 9 – Detectores de humo / CO
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Divulgaciones (3)
- Cuadro de divulgación
- Divulgación de asbesto
- Divulgación de pintura a base de plomo
Cuadro de divulgación de arrendamientos de COCHES
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Divulgación de asbesto
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Divulgación de pintura a base de plomo (formulario CAR FLD)
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Qué Qué es un Contrato de Arrendamiento de California?
Un Contrato de Arrendamiento de California establece una relación legal entre dos partes — un arrendador y un inquilino — para el arrendamiento de una propiedad, unidad o habitación. El documento es necesario para dejar en claro los deberes y responsabilidades legales que se esperan de cada parte. Se recomienda encarecidamente que los propietarios exijan a los inquilinos que completen una solicitud de alquiler para poder seleccionar a los candidatos antes de comprometerse con ellos.
Leyes estatales & Guías
Leyes: Cap. 2 §§ 1940 – 1954 – «Contratación de bienes inmuebles»
Guías / Manuales / Actualizaciones de leyes:
- Inquilinos de California: una guía de los derechos de los inquilinos y propietarios residenciales And Responssibility.pdf
- CA Realtors Quick Guide for 2020.pdf
¿Cuándo se adeuda el alquiler?
Según el Código Civil de California de 1947, el alquiler es «pagadero a la terminación de la explotación» a medida que se vence sucesivamente, ya sea que la explotación sea «por día, semana, mes, trimestre o año». En otras palabras, el alquiler debe pagarse antes de la fecha de vencimiento especificada en el contrato de alquiler (generalmente al final del mes). No existe un período de gracia según la ley de California.
Aumento del alquiler (Guía rápida para agentes inmobiliarios) ): A partir del 1 de enero de 2020, los propietarios deben proporcionar a los inquilinos un aviso mínimo de noventa (90) días antes de aumentar el alquiler en un diez por ciento (10%) o más en un período de doce (12) meses.Para aumentar el alquiler en menos del diez por ciento (10%), los propietarios deben avisar a los inquilinos con un mínimo de treinta (30) días de anticipación.
Acceso del propietario
Emergencia (§ 1954- 1): Los propietarios pueden ingresar a la propiedad en circunstancias de emergencia.
No emergencias (§ 1954-2): Los propietarios permiten la entrada para «hacer las reparaciones, decoraciones, alteraciones o mejoras necesarias o acordadas, proporcionar los servicios necesarios o acordados, o exhibir la unidad de vivienda a compradores, acreedores hipotecarios, inquilinos, trabajadores o contratistas potenciales o reales o para realizar una inspección de conformidad con la subdivisión «. Sin embargo, la entrada debe realizarse durante el horario laboral normal.
Deberes del propietario
Para cumplir con la § 1941.1, los propietarios deben asegurarse de lo siguiente:
- Las unidades de alquiler están completamente impermeables y protegidas de la intemperie. Esto incluye un techo, paredes y puertas y ventanas sin daños o rotos.
- Todos los equipos de plomería y / o gas cumplen con la ley de CA vigente en vigor en el momento de su instalación. También debe mantenerse en pleno funcionamiento.
- Los inquilinos tienen acceso a agua corriente fría y caliente (aprobada por la ley de CA aplicable) que está conectada a un sistema de eliminación de con la ley estatal.
- Los sistemas eléctricos y de calefacción están en buen estado de funcionamiento (y se instalaron según el código de CA aplicable).
- El edificio de alquiler, los terrenos comunes y las áreas exteriores se mantienen limpio y libre de basura / desperdicios.
- Los inquilinos deben tener acceso a los receptáculos de basura y tener un medio para desechar de manera segura y eficiente o de su basura.
- Todos los pisos, escaleras y barandas deben mantenerse y mantenerse en buenas condiciones.
- Para las unidades que existen en un hotel residencial, los inquilinos deben tener acceso a un mínimo de un (1) receptáculo de correo con cerradura
Divulgaciones requeridas
- Divulgación de chinches de cama (§ 1954.602): Los propietarios deben notificar a los inquilinos sobre cualquier problema conocido de chinches de cama . De acuerdo con un nuevo proyecto de ley presentado en 2017, los propietarios deben proporcionar información más extensa sobre las chinches.
- Material cancerígeno: De acuerdo con la práctica de propietarios e inquilinos de California, si un propietario tiene diez (10) o más empleados, deben revelar la existencia de material cancerígeno conocido, como el asbesto, a los posibles inquilinos.
- Muerte en la unidad (§ 1710.2): los propietarios deben informar a los inquilinos si un inquilino anterior murió en los últimos tres años, a menos que la causa de la muerte se deba al SIDA.
- Planes de demolición ( § 1940.6): Los propietarios que deseen demoler una unidad de alquiler deben notificar a los inquilinos antes de aceptar dinero.
- Riesgos de inundación (§ AB-646): Se debe informar a los inquilinos si la propiedad está situada en una inundación área de peligro o un área con potencial de inundación.
- Divulgación de pintura con plomo: la ley federal requiere que los propietarios de propiedades construidas antes de 1978 deben divulgar la pintura con plomo y los peligros conocidos a los inquilinos, así como proporcionar una copia de un panfleto emitido por el gobierno sobre el tema.
- Ley de Megan: los contratos de alquiler deben incluir un aviso por escrito sobre el sitio web de delincuentes sexuales registrados, la Ley de Megan.
- Moho (§ 26147): antes de se firma el contrato de arrendamiento, cualquier moho en la propiedad que afecte la vivienda o exceda los límites de exposición permitidos debe ser revelado.
- Ordna (§ 1940.7): El propietario debe divulgar cualquier ordenanza anterior en el vecindario de la vivienda.
- Control de plagas (§ 1940.8): Si se ha utilizado un servicio de control de plagas, los propietarios deben proporcionar nuevos inquilinos con una copia del aviso provisto por la compañía de control de plagas.
- Medidores de servicios públicos compartidos (§ 1940.9): El propietario debe revelar cuándo se comparten los medidores de servicios públicos entre más de una unidad de alquiler antes de que el inquilino firme un contrato de arrendamiento.
Depósitos de garantía
Monto máximo (§ 1950.5.4): En California, un arrendador no puede exigir ni recibir garantía por una cantidad superior a dos (2) mes de alquiler para propiedades sin amueblar e igual a tres (3) meses de alquiler para propiedades amuebladas, además de cualquier alquiler del primer mes pagado antes de la ocupación inicial.
Devolución al inquilino (§ 1950.5.5) : Todos los depósitos deben devolverse a los inquilinos dentro de los veintiún (21) días a partir del momento en que el inquilino se mudó de la propiedad, con las deducciones enumeradas en una lista detallada. estado de cuenta.
Interés de depósito: La ley general de CA no requiere que los propietarios retengan los intereses de los depósitos de seguridad. Sin embargo, muchos de los condados / ciudades de CA tienen sus propios requisitos a los que se puede hacer referencia aquí.
Usos del depósito: los propietarios pueden tomar la totalidad o una parte del depósito de seguridad del inquilino por cuatro (4) razones generales:
- Reparar los daños (no como resultado del desgaste normal),
- Reemplazar los muebles dañados y otros artículos de la vivienda causados por la negligencia o el mal uso del inquilino.
- Cubrir cualquier alquiler no pagado, y
- Limpiar la unidad al nivel de limpieza que tenía cuando el inquilino se mudó por primera vez al alquiler.