Para profesionales de la salud

Preguntas frecuentes sobre informes de ETS y VIH

Renuncia de aviso legal: El siguiente es el análisis de MDH de cómo los requisitos de Notificación de Enfermedades de Transmisión Sexual de Minnesota interactúan con la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA), las reglas de privacidad, 45 CFR 160 y 164. Este no es un consejo legal y no debe confiar en él. como asesoramiento legal. Consulte con un abogado para obtener asesoramiento legal.

En esta página:
¿Quién debe reportar las ETS y el VIH al MDH?
¿Qué afecciones son notificables?
¿Qué información ¿Se debe incluir?
¿Cómo puedo informar sobre enfermedades de transmisión sexual o VIH al MDH?
¿Todavía puedo divulgar esta información en virtud de la HIPAA?
¿Se requiere el consentimiento por escrito del paciente para divulgar esta información?
Normas aplicables

Quién debe informar

  • Profesionales de la salud (centros de salud, m laboratorios médicos y, en determinadas circunstancias, los veterinarios y los laboratorios médicos veterinarios) deben informar la enfermedad al Departamento de Salud de Minnesota (MDH) según la ley estatal de Minnesota.
    • A menos que se haya informado anteriormente, todo proveedor de atención médica autorizado que brinde atención a cualquier paciente que tenga, se sospeche que tenga o haya fallecido a causa de una enfermedad notificable debe informar.
  • Cualquier persona a cargo de cualquier institución, escuela, centro de cuidado infantil o campamento también debe reportar la enfermedad al MDH.

¿Qué condiciones son reportables?

Enfermedades notificables AZ: Enfermedades infecciosas notificables

Casos confirmados por laboratorio de:

  • Clamidia
  • Gonorrea
  • Sífilis
  • Chancroide

Casos presuntos y confirmados de:

  • VIH / SIDA

Durante el embarazo:

  • Hepatitis B
  • VIH / SIDA
  • Sífilis
  • Cualquier otra condición notificable

Resultados de laboratorio del VIH en curso:

  • Todos los recuentos y porcentajes de linfocitos CD4 +
  • Todas las pruebas de laboratorio de detección viral del VIH, incluidos los resultados indetectables

¿Qué información debe incluirse?

El informe del caso debe incluir la mayor cantidad de información sobre el paciente que se conoce:

  • Nombre
  • Fecha de nacimiento
  • Etnia
  • Raza
  • Residencia
  • Fecha de recolección de la muestra
  • Tratamiento prescrito o dispensado
  • Fecha del tratamiento
  • Nombre del médico
  • Dirección
  • Número de teléfono
  • Otra información pertinente al caso

¿Cómo puedo reportar una ETS o VIH al MDH?

Cualquier enfermedad infecciosa notificable puede ser reportada por teléfono al 651-201-5414 o al 877-676-5414, o llenando un formulario de informe de caso confidencial.

  • Formularios confidenciales de informes de casos de VIH / SIDA
    Este formulario se utiliza para informar casos de virus de inmunodeficiencia humana (VIH) / síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) en residentes de Minnesota al Departamento de Salud de Minnesota .
  • Formulario de notificación de clamidia y gonorrea de Minnesota
    El formulario confidencial de notificación de casos de clamidia y gonorrea de Minnesota se utiliza para informar al Departamento de Salud de Minnesota casos confirmados de laboratorio de clamidia y gonorrea en residentes de Minnesota.
  • Formulario de informe confidencial de sífilis de Minnesota
    El Formulario de informe confidencial de sífilis de Minnesota se utiliza para informar al Departamento de Salud de Minnesota de casos confirmados de sífilis en el laboratorio en residentes de Minnesota.
  • Para informar casos de chancroide, llame al 651-201-5414.

¿Todavía puedo divulgar esta información bajo HIPAA?

SÍ.

Los informes de salud pública exigidos por ley no se modifican por HIPAA (Ley de Responsabilidad y Portabilidad de Seguros de Salud). De hecho, HIPAA permite expresamente que la información médica protegida (PHI) se comparta para fines específicos de salud pública. La Regla de privacidad de HIPAA permite que las entidades cubiertas divulguen PHI a las autoridades de salud pública cuando así lo requieran las leyes federales, tribales, estatales o locales. Esto incluye estatutos y reglas estatales que estipulan la notificación de enfermedades o lesiones, abuso infantil, nacimiento o muerte, o la realización de vigilancia, investigación o intervención de salud pública. Para las divulgaciones no requeridas por la ley, las entidades cubiertas aún pueden divulgar PHI, sin autorización individual, a una autoridad de salud pública legalmente autorizada para recopilar o recibir la información con el propósito de prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades.

(Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades. Regla de privacidad y salud pública de la HIPAA: orientación de los CDC y del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. MMWR 2003; 52 (Supl): 8.)

  • Informes de enfermedades transmisibles y HIPAA
    Un análisis de cómo la HIPAA interactúa con la Regla de informes de enfermedades transmisibles, así como información sobre el registro de divulgaciones de salud pública bajo HIPAA.

¿Se requiere el consentimiento por escrito del paciente para divulgar esta información?

NO.

  • Bajo las reglas de privacidad de HIPAA, no se requiere autorización del paciente o formulario de consentimiento para informes obligatorios o para actividades de salud pública.

Reglas aplicables

  • Regla de enfermedades notificables (Regla de notificación de enfermedades transmisibles)
    Información sobre la regla de notificación de enfermedades transmisibles de Minnesota, revisiones realizadas a la regla de notificación de enfermedades e información sobre notificación de enfermedades y HIPAA.

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