Publicado por Barry Borowitz el 28/08/2018 Última modificación 25/07/2019
Ya se declaró en quiebra una vez y recibió su descargo en la corte . ¡Felicitaciones, este es un gran paso!
Su nuevo comienzo financiero ha ido bien, pero ahora las facturas comienzan a acumularse nuevamente. Tal vez sea una hipoteca de tasa variable, gastos médicos o simplemente el aumento del costo de vida en Los Ángeles. Cualquiera sea el motivo, sus finanzas están en peligro y está considerando volver a declararse en quiebra. Pero, ¿cómo funciona declararse en quiebra dos veces en California?
Esta publicación establece las reglas y leyes con respecto a una segunda quiebra personal o de consumidor. Encontrará las respuestas a estas y otras preguntas frecuentes: ¿cuándo puedo volver a declararme en quiebra? ¿En qué se diferencian de presentar una segunda quiebra o una posterior? ¿Qué tan común es una segunda quiebra?
Profundicemos en los hechos y comencemos el camino hacia la recuperación financiera.
Resumen del artículo
- Aunque es un La mayoría de las personas que se declaran en quiebra una vez tendrán un nuevo comienzo financiero y lo mantendrán por el resto de sus vidas, hasta 1 de cada 10 personas que se declaren en quiebra lo harán por segunda vez. Afortunadamente, puede declararse en quiebra tantas veces como desee, pero no necesariamente recibir una descarga tantas veces como desee.
- Si bien puede declararse en quiebra en cualquier momento, solo puede recibir una descarga cada cierto número de años. Para los casos del Capítulo 7, es cada ocho años. Para el Capítulo 13, es cada dos años. Las reglas difieren si desea presentar un Capítulo 13 después del Capítulo 7 y viceversa.
Solicitar una segunda quiebra en California
Si se declara en quiebra en California, no estás solo. Con cerca de un cuarto de millón de peticiones anuales, California tiene más casos de quiebra que cualquier otro estado, y el 97% de estos son presentaciones de consumidores. Para la mayoría de estos contribuyentes, la quiebra será un hecho único en la vida. Pero el 8% de todos los solicitantes de quiebras volverá a los tribunales en el futuro para reclamar la quiebra una vez más.
La buena noticia es que si está luchando con una deuda, la ley le permite presentar no solo una segunda quiebra pero también una tercera, cuarta, etc., si es necesario. La advertencia es el período de espera entre las quiebras, un tema por el cual los Tribunales de Quiebras de los Estados Unidos mantienen estipulaciones estrictas.
¿Qué tan pronto puedo declararme en quiebra nuevamente?
¿Qué tan pronto puede solicitar volver a declararse en quiebra y recibir una descarga depende del tipo de quiebra que presentó antes y del que le gustaría presentar ahora. Como consumidor, hay dos tipos principales de alivio por bancarrota a su disposición.
Casos sucesivos del Capítulo 7
Este tipo de bancarrota se conoce comúnmente como liquidación o «borrón y cuenta nueva» quiebra porque los deudores calificados no necesitan pagar sus deudas descargables. Si ha recibido una condonación del Capítulo 7, debe esperar ocho años completos antes de presentar otro caso del Capítulo 7 para ser elegible para una condonación. Tenga en cuenta que el reloj de las ocho años comienzan con la fecha de presentación original, no con la fecha de cancelación. Y, en teoría, puede declararse en quiebra al día siguiente de la primera cancelación del Capítulo 7, pero no se permitirá una segunda cancelación hasta que hayan pasado ocho años.
Casos sucesivos del Capítulo 13
Los deudores que se declaran en quiebra del Capítulo 13 para «asalariados» tienen mayores recursos financieros e ingresos que aquellos que declaran el Capítulo 7. Como tal, se espera que los declarantes del Capítulo 13 establezcan un plan de pago que dure entre tres y cinco años con sus acreedores. El período de espera para presentar una segunda bancarrota del Capítulo 13 es mucho más corto a dos años.
¿Puedo presentar un capítulo diferente de bancarrota después de mi primera bancarrota?
En el caso que usted Si desea presentar un tipo diferente de quiebra la segunda vez, las reglas serán diferentes:
Capítulo 7 y luego Capítulo 13: los consumidores deben esperar cuatro años a partir de la fecha de presentación original de un caso exitoso del Capítulo 7 para ser elegibles para una condonación bajo el Capítulo 13 en una segunda quiebra.
Capítulo 13 luego Capítulo 7: Los consumidores deben esperar seis años a partir de la fecha de presentación original (si la corte otorgó una condonación bajo el Capítulo 13) para ser elegibles para una Descarga del capítulo 7. Se pueden otorgar excepciones caso por caso si se ha satisfecho el 70% de la deuda del plan de pago del Capítulo 13 o si intentó el plan de buena fe.
Datos sobre las segundas quiebras en Los Ángeles
Al igual que las primeras quiebras, las segundas quiebras son un registro público y permanecerán en su informe crediticio hasta por 10 años.Esto significa que puede tener dos quiebras en su informe de crédito simultáneamente dependiendo de cuánto tiempo espere entre presentaciones. Sin embargo, su puntaje crediticio después de la quiebra comenzará a mejorar después de su descarga a medida que reconstruya su perfil financiero pagando sus deudas a tiempo.
En California, hay una serie de pasos que debe seguir antes de declararse en quiebra. , incluido el asesoramiento crediticio obligatorio. Declararse en quiebra es una decisión financiera seria, pero hay vida después de la quiebra y puede recuperarse más fuerte que antes. Ignorar la deuda no es la respuesta, ya que esta estrategia equivocada puede tener importantes consecuencias legales. En su lugar, consulte con un abogado calificado en bancarrotas en California para que lo guíe a través del proceso.
Ya sea que esté considerando la bancarrota por primera, segunda o subsecuente vez, Borowitz y Clark pueden ayudarlo. Comuníquese con nuestros abogados con experiencia en bancarrotas en Los Ángeles para recibir una revisión gratuita del caso.
Barry Edward Borowitz es el socio fundador de Borowitz & Clark, LLP, una firma de abogados líder en quiebras que representa a clientes que solicitan protección por quiebra bajo el Capítulo 7 y el Capítulo 13 del código de quiebras. El Sr. Borowitz ha estado ejerciendo exclusivamente el derecho concursal durante más de 15 años. Vea su perfil completo aquí.