¿Cuál es la edad mínima de jubilación de FERS?

El Sistema de jubilación de empleados federales (FERS) tiene una edad mínima de jubilación inferior a 65 años. Esta edad mínima de jubilación establece la edad más joven en la que un empleado federal pueden jubilarse si tienen suficientes años de servicio. La edad exacta puede variar según el año de nacimiento del empleado.

Edad mínima de jubilación

La edad mínima de jubilación (MRA) para los empleados elegibles es 57 para cualquier persona nacida en 1970 o después. La edad mínima de jubilación más baja es 55 para los trabajadores nacidos antes de 1948 y 56 para los trabajadores nacidos en 1963 o 1964. Todos los trabajadores nacidos en 1963 o antes habrán alcanzado la edad mínima de jubilación antes de 2019 ( o por su fecha de nacimiento en 2019 si nacieron en 1963). Para los nacidos después de 1964, se agregan dos meses a la MRA por cada año hasta 1970.

Cómo jubilación federal Se calcula la elegibilidad

Al igual que muchos sistemas de jubilación, FERS utiliza la «Regla de los 80». Esta establece que un empleado debe alcanzar una combinación de 80 años al agregar edad y servicio federal para ser elegible para la jubilación.

Supongamos que un empleado comienza el servicio federal inmediatamente después de la universidad a los 22 años. Después de 29 años de servicio, llega a los 51 años. El empleado ha cumplido con la regla. de 80, pero aún no ha alcanzado la edad mínima de jubilación. Con una MRA de 57, al empleado le quedan seis años más hasta la elegibilidad para la jubilación.

Suponiendo que este empleado quiera jubilarse tan pronto como sea elegible para hacerlo, FERS gana seis años más de contribuciones de jubilación de ellos y renuncia a seis años de pagos de anualidades al obligarlos a esperar hasta los 57 años.

La jubilación puede ser tentadora a los 51 años. Un empleado puede decidir hacer algo diferente y aún tener suficiente tiempo para hacer una verdadera carrera. La jubilación sigue siendo tentadora a los 57 años, pero muchos empleados optan por utilizar el servicio federal hasta jubilarse en algún momento de los 60 años.

La Administración del Seguro Social permite que los ciudadanos se jubilen anticipadamente a los 62 años, por lo que también es una edad de jubilación popular entre los funcionarios públicos de todos los niveles de gobierno.

Otras circunstancias de jubilación

FERS tiene reglas establecidas para adaptarse a varios otros escenarios de jubilación:

  • Temprano separación: La jubilación anticipada es posible en el caso de separación involuntaria y separación que ocurre junto con la reducción o reorganización de la fuerza laboral federal.

Quién es elegible ?

50 años en adelante: mínimo 20 años de servicio (10 menos de la «regla de los 80»)

Menos de 50 años: 25 años de servicio.

  • Discapacidad: la agencia debe certificar que no puede adaptarse a la discapacidad en el puesto actual.

¿Quién es elegible?

Un trabajador con al menos 18 meses de servicio y discapacitado en la medida en que no pueda desempeñarse adecuadamente en su puesto actual debido a una lesión o enfermedad.

Un empleado también puede retrasar o diferir los beneficios si deja de trabajar antes de ser elegible para la jubilación inmediata. Debe tener cinco años o más de servicio civil acreditable por edad 62. Con al menos 10 años de servicio, pero menos de 30, los beneficios se reducen en un 5% por cada año menor de 62 años, a menos que «hayan cumplido 20 años de servicio y se jubilen a los 60 años o más.

Beneficios inmediatos

Los empleados se vuelven elegibles para recibir beneficios dentro de los 30 días posteriores a su último día de empleo, según sus años de servicio y sus edades. A los 62 años, un empleado debe tener al menos cinco años de servicio. Esto aumenta a 20 años de servicio a los 60 años.

Un empleado que ha alcanzado la edad mínima de jubilación tiene derecho a beneficios inmediatos después de 10 a 30 años de servicio. Nuevamente, si tienen menos de 30 años de servicio, los beneficios se reducen en un 5% por cada año que tengan menos de 62 años, a menos que hayan cumplido 20 años de servicio y se jubilen a los 60 años o más.

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