La Undécima Enmienda

El texto de la Undécima Enmienda prohíbe a los tribunales federales conocer determinadas demandas contra los estados. La Enmienda también se ha interpretado en el sentido de que los tribunales estatales no tienen que conocer ciertas demandas contra el estado, si esas demandas se basan en la ley federal. Durante los debates sobre la ratificación de la Constitución, surgió una controversia sobre una disposición del artículo III que permitía a los tribunales federales conocer de las disputas «entre» un estado y ciudadanos de otro estado, o ciudadanos o súbditos de un estado extranjero. En general, se oponían a la Constitución) temían que esta disposición permitiera a los individuos demandar a los estados en tribunales federales. Varios federalistas prominentes (que en general estaban a favor de la Constitución) aseguraron a sus críticos que el artículo III no se interpretaría en el sentido de permitir que un estado sea demandado sin su consentimiento. Sin embargo, algunos otros federalistas aceptaron que el Artículo III permitía demandas contra los estados, argumentando que sería justo que los tribunales federales hicieran responsables a los estados.

Poco después de la ratificación, las personas se basaron en esta Cláusula del Artículo III para demandar a varios estados en la Corte Suprema. Una de estas demandas fue Chisholm v. Georgia (1793), en la que un ciudadano de Carolina del Sur (Chisholm) demandó a Georgia por deudas impagas que incurrido durante la Guerra de Independencia. Georgia afirmó que a los tribunales federales no se les permitía conocer de demandas contra los estados y se negó a comparecer ante el Tribunal Supremo. En 1793, el Tribunal Supremo dictaminó, por cuatro votos contra uno, que la demanda de Chisholm contra Georgia podía proceder en un tribunal federal. La Corte se basó en parte en el texto del Artículo III, explicando que «entre» incluye demandas «por» y «contra» un estado.

Varias otras demandas contra otros estados estaban pendientes en el momento en que se decidió Chisholm en 1793, incluido Vassall contra Massachusetts, en el que un súbdito británico (William Vassall) demandó a Massachusetts por violar el Tratado de Paz al confiscar su propiedad. Alarmado por la decisión de la Corte Suprema en Chisholm, el senador Caleb Strong, de Massachusetts, rápidamente propuso una Enmienda que finalmente se convirtió en la Undécima Enmienda. Tal como se ratificó, la Enmienda dispone: «No se interpretará que el poder judicial de los Estados Unidos se extiende a ninguna demanda en derecho o equidad, iniciada o enjuiciada contra uno de los Estados Unidos por ciudadanos de otro Estado, o por ciudadanos o sujetos de cualquier Estado extranjero «. Luego de su ratificación, las demandas pendientes contra los estados fueron generalmente desestimadas.

En algunas interpretaciones tempranas, la Enmienda no se leyó de manera expansiva. En Cohens v. Virginia (1821), el Tribunal rechazó una impugnación de su jurisdicción para revisar una decisión de un tribunal estatal en un caso penal, en el que Virginia procesó a dos hermanos de Virginia por el delito de vender billetes de lotería. Los Cohen se defendieron alegando que un estatuto federal autorizaba la venta de loterías y boletos. En primer lugar, la Corte concluyó «que, tal como se encontraba originalmente en la constitución, la jurisdicción de apelación de esta Corte, en todos los casos que surjan en virtud de la constitución, leyes o tratados de los Estados Unidos, no fue detenida por la circunstancia de que un Estado fuera parte. » En cuanto a la Undécima Enmienda, el Tribunal señaló que un acusado que busca la revisión en apelación de una decisión adversa «no inicia ni procesa una demanda contra el Estado». Además, dijo el Tribunal, la Enmienda no se aplicaría en ningún caso porque los Cohen eran ciudadanos de Virginia y, por lo tanto, su apelación contra Virginia no fue «por un ciudadano de otro Estado, o por un ciudadano o súbdito de cualquier Estado extranjero».

En su decisión de 1890 en Hans v. Louisiana, la Corte Suprema interpretó la inmunidad de la Undécima Enmienda de manera amplia para prohibir las demandas contra un estado no solo por ciudadanos de otro estado, sino también por los propios ciudadanos de un estado, y en casos que surgen bajo la ley federal. Básicamente rechazó el lenguaje contrario en Cohens. El Tribunal Hans valoró la velocidad con la que se adoptó la Enmienda, y sugirió que Chisholm se había equivocado al defender la jurisdicción bajo la Constitución original, que no podía haber contemplado la demandas contra los estados.

A medida que el Congreso en el siglo XX promulgó cada vez más legislación reguladora que se aplicaba a los estados, surgieron dudas sobre si los estatutos federales podrían hacerse cumplir nuevamente inst estados a través de demandas en la corte federal. En Fitzpatrick v. Bitzer (1976), el Tribunal sostuvo que el Congreso podía someter a los estados a una demanda en un tribunal federal a través de leyes promulgadas en virtud de su poder de la Decimocuarta Enmienda para reparar la acción estatal discriminatoria. En Pennsylvania contra Union Gas Co. (1989), cinco jueces votaron para permitir que el Congreso someta a los estados a una demanda en virtud de la Ley de Superfondo, promulgada en virtud del poder del Artículo I del Congreso para regular el comercio interestatal. Sin embargo, no hubo una opinión mayoritaria.

La Corte rápidamente se revirtió sobre este tema.En Seminole Tribe v. Florida (1996), la Corte emitió una opinión mayoritaria para cinco jueces que sostenían que el Congreso carecía de poder para someter a los estados a una demanda cuando legislaba bajo sus poderes de la Cláusula de Comercio del Artículo I. Desde la Tribu Seminole, la Corte ha reafirmado esta afirmación y en su mayor parte ha limitado la capacidad del Congreso para someter a los estados a una demanda en la corte federal, a menos que el Congreso actúe de conformidad con sus poderes para hacer cumplir la Decimocuarta Enmienda (en parte sobre la teoría de que fue adoptada después de la Undécima Enmienda), o para algunos asuntos relacionados con la quiebra.

Las decisiones de la Corte Suprema otorgan a los estados inmunidad frente a demandas que parecen ir más allá de los términos de la Undécima Enmienda. Por ejemplo, como se señaló, se han excluido las demandas de individuos contra su propio estado; También se prohíben las demandas de Estados extranjeros. El Tribunal ha sostenido además que los estados gozan de inmunidad en los tribunales estatales de demandas basadas en la ley federal. Alden contra Maine (1999). Además, los estados pueden «dar su consentimiento» a demandas que parecen estar prohibidas por la Enmienda. Estas decisiones sugieren que la Corte puede considerar la inmunidad soberana del estado, el privilegio legal por el cual el gobierno estatal no puede ser demandado, al menos en sus propios tribunales, sin su consentimiento, como un «postulado» constitucional subyacente, una suposición reflejada pero no completamente capturada por las palabras de la Undécima Enmienda.

Al menos otros tres enfoques han atraído apoyo. Primero, algunos argumentan que la Undécima Enmienda debe aplicarse de acuerdo con una simple lectura literal de su texto para prohibir las demandas contra los estados por parte de ciudadanos de fuera del estado y ciudadanos o súbditos extranjeros (pero solo por estas partes), incluso si su reclamo se basa en la ley federal. Otros han argumentado que el lenguaje de la Undécima Enmienda rastrea a un jefe de jurisdicción «basado en un partido» y, por lo tanto, no debe entenderse que impide que los tribunales federales conozcan demandas contra un estado por ciudadanos de otro estado si el reclamo surge bajo la ley federal. Aún un tercer punto de vista considera que la Undécima Enmienda está dirigida a los tribunales, prohibiéndoles interpretar las concesiones jurisdiccionales del Artículo III para derogar la inmunidad de derecho consuetudinario de un estado, pero permitiendo que el Congreso anule dicha inmunidad si expresa claramente su intención de someter a los estados a una demanda. (Los comentarios que acompañan presentan puntos de vista académicos adicionales.)

Si bien los estados continúan disfrutando de una amplia inmunidad soberana frente a demandas, la Corte Suprema permite demandas contra funcionarios estatales en ciertas circunstancias, mitigando así el efecto de la inmunidad soberana. En particular, el Tribunal no lee la Enmienda para prohibir las demandas contra funcionarios estatales que buscan órdenes judiciales para prevenir futuras violaciones de la ley federal. Además, también se permiten las demandas de otros estados y las demandas de los Estados Unidos para hacer cumplir las leyes federales. Por lo tanto, la Undécima Enmienda es una parte importante, pero solo una parte, de una red de doctrinas constitucionales que dan forma a la naturaleza de los recursos judiciales contra los estados y sus funcionarios por presuntas violaciones de la ley.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *